Martín Aguilar
La Asistencia Jurídica Temprana y la Justicia Alternativa son mecanismos enfocados en resolver disputas legales rápidamente y sin necesidad de largos juicios. Operan mediante el diálogo y la mediación, garantizando que el acceso a la justicia sea ágil, humano y gratuito.
Durante la transmisión de la Voz Judicial, conducido por Rosalía Buaun, tuvo como invitado al Mtro. Mario Regente Borges
Regente Borges señaló que la Asistencia temprana, brinda orientación legal oportuna antes de que un conflicto escale a una demanda formal, evaluando riesgos y posibles soluciones y la justicia alternativa utiliza métodos como la mediación, conciliación y juntas restaurativas para que las partes involucradas lleguen a acuerdos pacíficos con la ayuda de un facilitador certificado.
Dijo que ambas opciones tienen beneficios como:
Rapidez: Los conflictos se pueden solucionar en cuestión de días o semanas, en lugar de años. Certeza Legal: Los convenios firmados mediante estos centros adquieren la misma fuerza y validez legal que una sentencia emitida por un juez. Pacificación: Fomenta la cordialidad, reduce el desgaste emocional y evita los altos costos de los litigios tradicionales y abarca múltiples materias, que se aplica exitosamente en problemas de índole familiar (pensiones, custodias), civil (arrendamiento), mercantil e incluso en materia penal
Mencionó que la justicia restaurativa es un enfoque para resolver delitos y conflictos que prioriza sanar el daño causado por encima del simple castigo. Reúne a la víctima, el infractor y la comunidad para identificar responsabilidades y reparar el perjuicio, buscando restaurar la armonía social y evitar la reincidencia
El magistrado comentó que el Centro de Justicia Alternativa (CJA) del Poder Judicial de la CDMX es una dependencia del Tribunal Superior de Justicia encargada de resolver conflictos legales entre particulares a través del diálogo, evitando largos juicios. Mediante la mediación y facilitación, un especialista ayuda a las partes a lograr acuerdos rápidos, voluntarios y pacíficos.
El CJA resuelve controversias específicas en distintas ramas jurídicas, como son: Familiar: Pensiones alimenticias, régimen de convivencia, divorcio por mutuo consentimiento y sucesiones, en el caso de violencia familiar no es mediable.Civil y Mercantil: Incumplimiento de contratos, pago de rentas, adeudos de pagarés, cheques y disputas entre comerciantes y Penal y Justicia para Adolescentes: Acuerdos reparatorios para delitos patrimoniales sin violencia, delitos culposos o por querella.
Otros beneficios que hay durante el proceso es que es oficial los convenios firmados alcanzan el valor de cosa juzgada (tienen la misma validez que una sentencia de un juez), también es gratuito por servicios de mediación pública no tienen costo y el tiempo de resolución es significativamente menor que en un litigio tradicional
El CJA también ofrece la Mediación o Facilitación en línea, son rocedimientos voluntarios por los cual dos o más personas involucradas en una controversia, a las cuales se les denomina mediados (en Mediación) o intervinientes (en Facilitación), buscan y construyen acuerdos mutuamente satisfactorios, mediante la asistencia de un tercero imparcial y neutral denominado mediador o facilitador, según el caso, quien facilitará a distancia y por medios electrónicos el procedimiento.
Regente Borges aseveró que las controversias que deriven de las relaciones entre las personas que se encuentren unidas en matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia o, aun cuando no se encuentren en dichos supuestos, tengan hijos en común; entre personas unidas por algún lazo de parentesco por consanguinidad, por afinidad o civil; las que surjan de esas relaciones con terceros, así como por sucesiones testamentarias e intestamentarias, si existe nombramiento de herederos.
Afirmo que como facilitadores de justicia las controversias que deriven de relaciones entre particulares, sean personas físicas o morales, en tanto no involucren cuestiones de derecho familiar; es decir, aquellos conflictos derivados de la celebración por escrito o verbal de un contrato: arrendamiento, comodato, compraventa de muebles o inmuebles, prestación de servicios, copropiedad, otorgamiento de un crédito, administración de un inmueble, alguna obligación pendiente de pago, desocupación de un inmueble derivado del incumplimiento de alguna obligación o terminación de la misma, reparación del daño, devolución de documentos derivado de un contrato.
Agregó que en materia mercantil, las de relaciones entre comerciantes, en razón de su participación en actos de comercio, considerados así por las leyes correspondiente, como: comisión mercantil, pagarés, cheques o contratos de otorgamiento de crédito, de arrendamiento o factoraje financiero por entidades financieras, reclamo en el pago de algún tipo de seguro, incumplimiento en el pago de derechos de autor.
El CJA brinda servicios a las personas relacionadas con un conflicto de naturaleza penal o de justicia para adolescentes, la posibilidad de que participen en un mecanismo alternativo y, si así es su deseo, establezcan un acuerdo reparatorio o un plan de reparación o para que se cumpla con una sentencia condenatoria por lo que hace a la reparación del daño.
Y en el caso de adolescentes debe de haber un acuerdo reparatorio, los casos en que se atribuyan hechos previstos como delitos, en los que no procede la medida de sanción de internamiento, excepto la violencia familiar, en caso que se e haya dictado un auto de vinculación a proceso y por hechos previstos como delito en los que no procede la medida de sanción de internamiento y que no exista oposición fundada de la víctima u ofendido y en la etapa de ejecución de medidas de sanción, por todos los hechos señalados como delito, una vez que cause ejecutoria la sentencia.
0 comments:
Publicar un comentario