La Voz Judicial/El juicio de intestado

Martín Aguilar

El juicio de intestado o también llamado Juicio Sucesorio Intestamentario es un procedimiento judicial que tiene su desarrollo dentro de la rama del derecho familiar y tiene como finalidad el reconocimiento del patrimonio que deja una persona que ha fallecido sin dejar su testamento

Duranta la trasmisión del programa La Voz Judicial, conducido por Rosalía Buaun y Tony Mancuso, acompañados por el director de las revistas, Cúspide y Liberal Metropolitano, Lino Calderón, tuvieron de invitado a la Juez María de Los Ángeles Ruiz Mendoza del Juzgado 32 de lo familiar de la CDMX.

 

La magistrada, señaló que este instrumento jurídico otorga el reconocimiento a las personas que tienen derecho sobre la masa hereditaria por tener una relación filial consanguínea con el decujus. De esta forma, las personas que tienen derecho sobre estos bienes puedan disponer plenamente sobre ellos.

 

El reconocimiento de heredero permite realizar actos de Dominio y de administración sobre bienes como lo son: venta de la propiedad, donaciones o adjudicaciones sobre el predios.

 

Sin el reconocimiento judicial por parte de la autoridad en materia familiar, no es posible realizar actos jurídicos sobre los bienes, pues no existe la voluntad de parte del finado.

 

En algunos Estados, la materia familiar es regulada por el código civil del Estado, mientras que en otros este procedimiento es regulado dentro de su código familiar.

 

Ruiz Mendoza, aseguró que la primera etapa es conocida como denuncia de la sucesión: en esta etapa procesal, se pretende acreditar por medio del desahogo de pruebas, quienes son las personas que tienen derecho sobre los bienes del decujus.

 

También se pretende acreditar la designación de la figura jurídica conocida como albacea, la cual tiene la función procesal de representar durante todo el proceso a los herederos después de que se les reconoce en esta calidad, aclaró.

 

Comentó que la segunda etapa es conocida como inventario o avalúo: en esta etapa procesal, se pretende acreditar la existencia de bienes muebles e inmuebles mediante peritajes realizados por un experto en la materia. Se recomienda elegir a un perito adscrito al poder judicial del su Estado.

 

La tercera etapa es conocida como administración: en esta etapa procesal, los herederos deben decidir qué harán con los bienes a los que tienen derecho.

 

La cuarta etapa es conocida como adjudicación: en esta etapa procesal, el juez de lo familiar, una vez que se ha decidido por los herederos sobre cómo se hará la repartición sobre los bienes muebles o inmuebles, aseveró.

 

Se sirve a dictar una sentencia para que con ella se pueda acudir ante un notario publico a celebrar los actos jurídicos correspondientes para pasar a nombre de los herederos cada uno de los bienes que haya dejado el decujus.

 

Dijo que se debe iniciar juicio sucesorio testamentario ante el juzgado del último domicilio del testador y exhibir el testamento, una vez que se realice la reunión de herederos se leerá el testamento y nombrará albacea.

 

Lo correcto es que la albacea sea la esposa ya que a ella le corresponde el 50% de la herencia, (si existe matrimonio civil y régimen de sociedad conyugal), el 50% restante se repartirá de manera equitativa entre los hijos.

 

En el juicio se nombrará un albacea en presencia judicial, éste a su vez deberá realizar la valuación de los bienes por medio de peritos a quienes dará vista el juzgado para que aprueben dicho avalúo, posteriormente se realizará la adjudicación y repartición de los bienes, aseguró.

 

Agregó que si se desconoce si su familiar, dejó testamento, es importante iniciar un juicio sucesorio intestamentario, un Juez pedirá informes al Archivo General de Notarías que será acompañado por el reporte de búsqueda expedido por el Registro Nacional de Avisos de Testamento y al Registro Público de la Propiedad sobre la existencia de testamento.

 

Cuando un familiar muere y no deja beneficiario de sus bienes, se debe de iniciar un procedimiento legal con los siguientes documentos:

 

Acta de defunción del propietario del predio.

Acta del Nacimiento.

Escritura original o título de propiedad.

Acta de Matrimonio o en su caso Acta de Defunción del cónyuge.

En Legal-Mexico.com podemos ayudarle con la asesoría y trámites de los documentos que pudiera necesitar y no cuenta con ellos.

 

Finalmente dijo que el costo del juicio intestamentario, en promedio tiene un precio de aproximadamente $20 mil pesos. Este monto cubre todos los gastos que se generan, excepto el avalúo de la casa, terreno o bien y los gastos del notario. Trámite del testamento. 


Share on Google Plus

About .

    Blogger Comment
    Facebook Comment

0 comments:

Publicar un comentario