El SAT recuerda los requisitos para realizar deducciones personales en la declaración anual

Rebeca Marín

 

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda a los contribuyentes que en las declaraciones anuales se pueden realizar deducciones personales, siempre y cuando cumplan con los requisitos necesarios.

 

Por ello, se debe realizar una cuidadosa revisión de las facturas de los gastos que se desean deducir y verificar que cumplan con todos los requisitos fiscales para que este beneficio sea válido.

 

Para que un gasto sea deducible, es necesario:

 

• Contar con la factura electrónica correspondiente a cada servicio o producto.

 

• Revisar que el RFC del contribuyente esté anotado correctamente.

 

• Verificar que el tipo de servicio anotado en el comprobante sea por el servicio adquirido.

 

• Haber efectuado el pago mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito o cheque nominativo, a nombre de la persona que realizará la deducción.

 

Los gastos personales que pueden deducir las personas físicas son:

 

● Gastos médicos y hospitalarios

 

● Gastos funerarios

 

● Donativos

 

● Primas de gastos médicos mayores

 

● Colegiaturas y transporte escolar

 

● Créditos hipotecarios

 

● Depósitos en cuentas especiales para el ahorro y aportaciones complementarias y voluntarias

 

para el retiro

 

El SAT precisa que que el monto total de las deducciones personales no debe exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales del ejercicio a declarar o 15% del total de los ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor 

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