Coordenadas Políticas/Martín Aguilar/La ley del garrote

Me hicieron llegar una denuncia presentada ante el Instituto Nacional Electoral en la que se solicita la remoción de Patricia Avendaño Durán, consejera presidenta del Instituto Electoral de la Ciudad de México, así como de las consejeras y el consejero que integran el Consejo General. El documento forma parte de una estrategia legal emprendida por militantes vinculados a una de las corrientes que hoy disputan el control del PRD capitalino, tras la pérdida de su registro nacional y su reconfiguración como partido local.

 

No se trata de una organización ciudadana independiente ni de un órgano externo que cuestione al árbitro electoral. Es parte de un litigio interno que ha transitado por diversas instancias: resoluciones, revocaciones, reencauzamientos y nuevas determinaciones. Así funciona el sistema electoral mexicano: revisa, corrige y vuelve a revisar. No es una crisis institucional; es procedimiento.

 

Sin embargo, el tono de la denuncia escala. En el apartado de AGRAVIOS, los quejosos manifiestan que fueron víctimas de "violencia física, política y psicológica" por parte de la consejera presidenta. Afirman que se "instruyó al personal de seguridad impedir el acercamiento", que fueron "empujados y maltratados físicamente" e incluso sugieren una actitud discriminatoria.

 

Pero a pesar de lo escrito por los denunciantes, he consultado a varias personas que estuvieron presentes en ese momento, incluidos asistentes y observadores del evento, y la versión que me comparten es distinta. Niegan que haya existido agresión atribuible a Patricia Avendaño o a los consejeros, y rechazan que hubiera una instrucción para violentar a nadie. Describen, más bien, un dispositivo de seguridad a la salida de una comparecencia pública en un ambiente de evidente tensión política. "Hubo contención, no agresión", me aseguran. Y la diferencia no es menor. No es lo mismo un protocolo preventivo que una conducta violenta deliberada.

 

En democracia, acusar a una autoridad electoral de violencia o insinuar vínculos indebidos no es un recurso retórico cualquiera. Es una imputación grave que exige pruebas sólidas. De lo contrario, el desacuerdo jurídico se transforma en una campaña de deslegitimación.

 

Los consejeros y consejeras del IECM pueden ser cuestionados por su resoluciones, para eso existen los tribunales, pero que cada determinación adversa sea argumentada como persecución o conspiración erosiona algo más delicado: la confianza en el árbitro.

 

Un órgano electoral no está para agradar a los partidos. Está para aplicar la ley, aun cuando el resultado incomode. Si cada resolución que afecta a una facción termina en una solicitud de remoción del Consejo General, el mensaje es inquietante: la presión política sustituye al argumento jurídico.

 

Me informan, además, que los quejosos no se limitaron a la vía administrativa ante el INE. También habrían procedido por la vía penal. El litigio, pues, no sólo escala en instancias, sino también en tono.

 

Criticar es legítimo. Impugnar es parte del sistema. Pero convertir el litigio en un relato de demolición institucional no fortalece la democracia: la debilita. 

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