Habrá un plazo para la cancelación de los CFDI

Rebeca Marín

Como parte de los cambios fiscales propuestos en el Paquete Económico 2022, se presenta una modificación en la cancelación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) 3.3. Se trata de la implementación de un plazo para su cancelación. 

La exposición de motivos indica que se pretende establecer un plazo para la cancelación de los CFDI que se emitan y tengan algún vicio. Esto se quiere hacer para evitar a los contribuyentes actos de molestia.

 

Además, el artículo indica que existen contribuyentes que cancelan CFDI en el ejercicio de facultades de comprobación, situación que deriva en un estado de inseguridad jurídica. Por eso, se pretenden establecer requisitos adicionales para dicha cancelación.

 

Con el cambio se busca establecer que los CFDI sólo se puedan cancelar en el ejercicio fiscal en el que se expidan, y siempre que la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación. Es decir, los CFDI sólo podrían cancelarse dentro del mismo ejercicio fiscal en que fueron expedidos.

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