Llegan a la Corte 65 juicios de inconformidad contra la elección judicial

Martín Aguilar

 

Excandidatos, aspirantes y hasta partidos políticos promovieron juicios de inconformidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) impugnando la elección judicial del pasado 1 de junio.

 

Específicamente, los promoventes de la impugnación buscan que la Corte se pronuncie sobre la elección de los dos magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

 

Entre los denunciantes están diferentes ciudadanos, así como la organización Consejo Nacional de Litigio Estratégico y el Partido Acción Nacional (PAN), además de múltiples candidatos y aspirantes que no lograron un escaño en el Tribunal Electoral.

 

Estos recursos se suman a los dos que previamente habían llegado a la Corte, entre ellos el de un exaspirante a magistrado de Circuito. No obstante, en este caso, la Corte desestimó la demanda al considerar que el resultado de la elección no afectaba directamente al quejoso, pues no fue candidato al cargo que impugnó.

 

Por ello, estos 65 juicios también podrían ser desechados, según lo establecido en la Ley de Impugnación Electoral en el país, que establece que solo pueden impugnar el resultado de una elección aquellos que hayan sido candidatos al cargo.

 

Entre los nueve juicios hay dos prominentes, Luis Eduardo Jiménez Martínez y Samuel Manuel Mercado Ramos, que fueron candidatos a magistrado de circuito y a juez de Distrito, respectivamente. La impugnación de ambos se centra en los acuerdos del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), sobre las sumatorias totales de votos que llevaron a declarar la validez y entregas de constancia de mayoría para elegir a Gilberto de Guzmán y Claudia Valle, como magistrados electos de la Sala Superior.

 

El pasado lunes, el Pleno de la SCJN desechó la primera impugnación al considerar que el promovente, Iván Bravo Olivas —exjuez penal y ex representante del PAN en Durango—, no contaba con legitimación para presentar el juicio de inconformidad en materia electoral.

 

La decisión se sustentó en que la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral sólo permite este tipo de recursos a las personas que integraron la lista de candidaturas correspondiente a la elección del 1 de junio. 

Share on Google Plus

About .

    Blogger Comment
    Facebook Comment

0 comments:

Publicar un comentario