Cdmx, octubre 26 de 2025.
Pedro Moreno
La Comisión Nacional de Derechos Humanos acreditó el uso ilegítimo de fuerza letal por Militares del Ejército y elementos de la Policía Estatal de Zacatecas, al privar de la vida a 14 personas que se habían rendido y/o estaban desarmadas.
Estos hechos, registrados el 12 de octubre de 2020 en la Comunidad Nueva Alianza, Municipio de Calera, constituyen una violación grave a los derechos humanos a la vida y a la seguridad jurídica.
Ante esta situación, la CNDH emitió la recomendación 195VG/2025 luego de iniciar una investigación de oficio que se prolongó por casi cinco años.
Esta resolución apunta directamente a los titulares de la Secretaría de la Defensa Nacional y de la Secretaría de Seguridad Pública de Zacatecas, destacando el uso ilegítimo de la fuerza letal
La Institución determinó que el uso de la fuerza letal por parte de los elementos de seguridad no observó los principios de "legalidad", "necesidad" y "proporcionalidad".
En aquella ocasión, la versión oficial de los hechos sostiene que las 14 muertes ocurrieron durante un enfrentamiento.
Asi mismo, el informe señala que el conflicto armado se inició cuando alrededor de 15 civiles atacaron a balazos a ocho Policías estatales que circulaban en patrullas por la Calle Francisco I. Madero.
En el documento se indica que después de ser lesionados tres Agentes, se solicitó apoyo, sumándose al refuerzo otros cinco Policías estatales y cinco Militares.
De acuerdo con la versión de los uniformados, los presuntos agresores huyeron a una zona despoblada al sur de "Nueva Alianza", donde se desató un segundo enfrentamiento de 30 minutos de duración, tras el cual perdieron la vida 12 hombres que portaban vestimenta tipo militar y armas de fuego.
Sin embargo, la investigación de la CNDH detectó "inconsistencias" al contrastar la información proporcionada por la Secretaria de la Defensa Nacional y por la Secretaría de Seguridad Pública de Zacatecas, así como por el resultado de las 14 necropsias y a los dictámenes periciales de procesamiento de los tres lugares de intervención elaborados por la Fiscalía de Justicia de Zacatecas y una diligencia de 2022 realizada por su propio personal.
Con base en las opiniones periciales médico-forense y de criminalística emitidas por sus especialistas, la Comisión Nacional de Derechos Humanos determinó la aplicación de una fuerza letal arbitraria e ilegal.
Los resultados forenses indican que siete de las 14 víctimas presentaban contusiones previas a su muerte, y doce de ellas murieron por heridas de arma de fuego en el cráneo, mientras que las dos restantes las presentaron en tórax y abdomen.
Un elemento crucial de la investigación es que, en ocho de los casos, la trayectoria del proyectil demostró que la víctima se encontraba de espaldas al agente de seguridad, una posición que no es la esperada en un intercambio de disparos activo de 30 minutos.
La conclusión de indicios de la CNDH es que los civiles armados, ubicados en el segundo lugar de intervención, fueron rendidos o desarmados para, posteriormente, ser golpeados y finalmente privados de la vida.
Esta hipótesis se refuerza con la ausencia de casquillos percutidos en el segundo lugar donde se reportó el enfrentamiento de 30 minutos.
Por lo tanto, la opinión en criminalística planteó tres posibilidades para esta omisión:
La primera, que el lugar fuera modificado por los Policías y Militares antes de la llegada de los peritos; segunda, que las doce víctimas localizadas no hubieran accionado las nueve armas de fuego largas que portaban; y tercera, que los servidores públicos hubieran limpiado el sitio, llevándose los elementos balísticos que generaron sus disparos.
Igualmente, se documentó el caso de la víctima 14, cuyo cuerpo fue encontrado en un tercer lugar, desprovisto de ropa tipo militar, casquillos o armas de fuego, cuyo difunto se encontró de frente al victimario y en un plano inferior, con una herida en la palma de la mano izquierda, catalogada como lesión similar a las observadas en maniobras de protección y/o defensa.
Además, un familiar y un testigo confirmaron a la Fiscalía y a la Comisión Nacional de los Derechos Humanosque esta persona ( la víctima 14) laboraba en el lugar, cuidando animales y dando mantenimiento.
Como resultado de estos hechos, la CNDH presentará denuncias administrativas ante el Órgano Interno de Control de la Secretaría de Seguridad Pública de Zacatecas y de la Sedena, mientras que la recomendación 195VG/2025 será integrada a la carpeta de investigación en la Fiscalía General de Justicia del Estado.
La Comisión instruyó a la Defensa y a la SSP de Zacatecas a colaborar en la inscripción de las 14 víctimas y sus familias en el Registro Nacional de Víctimas, garantizando una reparación integral del daño, incluyendo una compensación justa.
También se exige la provisión de atención psicológica y/o tanatológica a los familiares.
Además, los Agentes de la Policía Estatal y los integrantes del 52 Batallón de Infantería deberán recibir capacitación sobre derechos humanos y el uso legítimo de la fuerza y armas de fuego, buscando implementar medidas que eviten la repetición de hechos violatorios.
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