Fwd: Las prestaciones para familiares de fallecidos afiliados al IMSS, serán devueltas

Rebeca Marín

 

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) indica que los familiares de personas fallecidas tienen derecho a solicitar una serie de prestaciones en la empresa donde laboraba.

 

Estas prestaciones únicamente pueden ser solicitadas en el caso que el fallecido trabajador "se encontrara laborando antes de fallecer", indica la Profedet.

 

Sumadas a las prestaciones generales, los familiares de personas fallecidas que estaban afiliadas al IMSS pueden solicitar algunos beneficios extra.

 

En caso de que el trabajador fallecido se encontrara laborando antes de fallecer, sus beneficiarios pueden reclamar el pago de las siguientes prestaciones, indica la Profedet:

 

Vacaciones y prima vacacional, en caso de haberlas generado y que no se le hubieran pagado

 

Aguinaldo, en caso de que lo generara y no se lo pagaran

 

Pago de salarios devengados y no cubiertos

 

Pago de la prima de antigüedad

 

Sí generó Fondo de ahorro en el Infonavit durante el periodo de 1972 a 1992 y no lo solicitó, pueden cobrarlo los beneficiarios

 

Liberación del crédito y cancelación de hipoteca ante el Infonavit

 

La Profedet también detalla que se pueden sumar prestaciones extraordinarias, en caso de que el trabajador haya contado con Contrato Colectivo, entre ellas destaca: fondo de ahorro, seguros de vida, estímulos de puntualidad y asistencia.

 

Los familiares de los fallecidos pueden cobrar estas estaciones hasta un año después de la muerte del trabajador. 


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