Vecinos de Polanco acusan a casas productoras por sentirse dueños de las calles

Martín Aguilar

 

Vecinos de la calle Campos Elíseos, de la colonia Polanco IV Sección, piden la intervención urgente de las autoridades a fin de que casas productoras, que llegan a esta zona poniente de la capital para realizar grabaciones, cumplan a detalle las cláusulas de los permisos emitidos por la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México (CFIMLA).

 

Los afectados culpan a la empresa Azul Beagle, S. de R.L. de C.V de realizar sus grabaciones fuera de las permitido por la CFILMA, responsable de expedir un permiso de filmación por 24 horas, que permite a la productora realizar sus grabaciones un horario de entre las 5:00 horas del martes 26 y el mismo horario del miércoles 27 de agosto.

 

El permiso, según vecinos, incluye la autorización para que la productora ocupe la avenida Campos Elíseos para el estacionado de siete vehículos, entre ellos plantas de energía, camper de maquillaje, camión de vestuario, entre otros, esto sin poder obstruir los accesos a viviendas, ni ocupar espacios confinados, ni frente a escuelas ni hospitales.

 

Es a través de una grabación, compartida a la Redacción de La Prensa, que vecinos de esta zona de Campos Elíseos exhibieron la presunta operación "fuera de horario" de la casa productora, que debería haber liberado los espacios reservados en la vía pública minutos después de las cinco de la mañana de este jueves.

 

En el video se observa a un grupo de por lo menos once camionetas, la mayoría tipo pick up, estacionadas en el carril de baja de dicha vialidad, mientras otros tramos sin vehículos estacionados, son reservados para el equipo de la productora que ocupan conos y cinta perimetral para impedir que vecinos los ocupen.

 

Los demandantes aseguran que personal de la constructora se extendió por un par de horas más el permiso emitido por la CFIMLA, hasta pasadas las 07:00 am, dos horas después del horario fijado por las autoridades.

 

El artículo 11 de la Constitución mexicana garantiza la libertad de tránsito, permitiendo a cualquier persona entrar, salir, viajar por el territorio nacional y cambiar de residencia sin necesidad de permisos especiales como cartas de seguridad o pasaportes, según el artículo 11 de la Constitución.

 

Aunque el derecho es amplio, puede ser limitado por leyes que regulen la seguridad nacional, el orden público, la salud pública o los derechos de otros.

 

Obstruir la vía pública con un cono, o cualquier objeto, sin justificación ni permiso, está prohibido y puede ser sancionado con multas significativas, además de ser una infracción a la libertad de tránsito. Esta acción se considera una falta de respeto a la vía pública y se sanciona bajo la Ley de Cultura Cívica de la CDMX, en el Artículo 25, fracción II.

 

La Ley de Cultura Cívica sanciona como infracción "impedir o estorbar de cualquier forma el uso de la vía pública, la libertad de tránsito o de acción de las personas". El responsable puede ser acreedor a una multa que va desde los 4 mil 481 hasta los 71 mil 696 pesos en la Ciudad de México. 


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