Fwd: Tribunal ordena a jueza que acepte amparo sobre línea 12 del Metro

Martín Aguilar


El Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal ordenó a la jueza Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal, Sandra Leticia Roble Magaña, que admita a trámite un amparo promovido por una de las víctimas de colapso de una trabe de la Línea 12 del Metro.

 

Se trata del amparo que tramitó Marisol Mayte Tapia de Jesús, madre de Brandon Giovanny Hernández Tapia, junto con seis personas más, para que la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) les permita conocer el contenido de la carpeta de investigación sobre los hechos ocurridos el 3 de mayo del presente año.

 

En esos hechos falleció Brandon Giovanny, junto con otras 25 víctimas, además de que se reportaron 80 personas que resultaron lesionadas, por lo que el amparo les permitirá una defensa adecuada y acceso a la justicia, ambos principios constitucionales, se indicó.

 

Los integrantes del Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal resolvieron por unanimidad declarar fundado el recurso de queja presentado por las familias, que fue desechado en agosto pasado, por la jueza Roble Magaña.

 

Argumentaron que la demanda de amparo, para conocer el contenido de la carpeta de investigación, "no tiene el alcance de suspender, paralizar o dar por terminada la indagatoria" de la FGJCDMX.

 

Por este motivo, agregaron, los quejosos se sienten afectados ante la omisión del Ministerio Público capitalino, que no les informa sobre "el plan de investigación, así como de las carpetas que se han iniciado con motivo de los hechos ocurridos en la Línea 12 del Metro".

 

Los familiares de las víctimas del colapso en la Línea 12 del Metro comprobaron que tampoco han tenido conocimiento de los dictámenes, la clasificación de lesiones y testimonios, así como de los trabajos periciales que se han realizado desde el 3 de mayo de 2021.

 

El Ministerio Público José Manuel Ruiz Macal negó a las familias tener acceso a las investigaciones, con el argumento de que hay más víctimas de los hechos y que no son representadas por los solicitantes del amparo, por lo que no se les puede dar a conocer el contenido completo de la carpeta. 


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