INE, sí está obligado a realizar consultas por la Revocación de Mandato: SCJN

Martín Aguilar

El Instituto Nacional Electoral (INE) debe realizar la consulta sobre revocación de mandato, programada para el 10 de abril del año próximo, o de lo contrario podría incurrir incluso en responsabilidades penales, advirtió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

 

Así lo señala el ministro Fernando Franco González Salas, en el acuerdo de admisión de la controversia constitucional que el INE promovió, contra el recorte a su presupuesto de 2022:

 

"Es improcedente la suspensión respecto a que el Instituto Nacional Electoral no tenga que hacer ajustes a su presupuesto, como se prevé en el artículo cuarto transitorio del decreto por el cual se expidió la Ley Federal de Revocación de Mandato (LFRM), así como que se exima al Instituto y a su personal de las sanciones administrativa, penales o de diversa índole a que hubiera lugar".

 

Dicho artículo transitorio de la LFRM advierte que el INE debe hacer "los ajustes presupuestales que fueren necesarios", para la realización de la consulta.

 

El INE denuncia en su controversia constitucional, admitida a trámite con el número 208/2021, que el recorte de 4 mil 913 millones de pesos en su presupuesto para el año próximo le impediría cumplir con la consulta.

 

Sostiene que dicho ejercicio democrático requiere de cuando menos 3 mil 830 millones de pesos.

 

En otra parte del acuerdo, el ministro Franco sí le otorga al INE la suspensión provisional pero únicamente en cuanto hace al tema de los salarios, por lo cual sus consejeros y altos funcionarios podrán seguir ganando más que el presidente de la república, por lo menos hasta que la SCJN resuelva el fondo de esta controversia constitucional.

 

"Es procedente la suspensión respecto a la forma en cómo se debe calcular las remuneraciones y demás prestaciones de los servidores del Instituto Nacional Electoral", señala el acuerdo.

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