Martín Aguilar
En un largo debate de más de tres horas en este tema y tal como se esperaba la magistrada presidenta de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Mónica Soto Fregoso y los magistrados Felipe Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña hicieron valer su mayoría y bajo la desacreditación de las pruebas presentadas y el cuestionamiento sobre la existencia y efecto de los llamados acordeones, rechazaron 3 a 2 la anulación de la elección de ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Los proyectos rechazados, aunque presentadas por separado, eran de los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón y Janine Otálora Malasis y proponían la anulación de la elección de ministros de la Corte por el uso de acordeones, la influencia que tuvieron en el resultado y lo que significaron respecto a la vulneración de la equidad y el uso de financiamiento no autorizado en la ley.
Al respecto, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón llevó hasta el salón de plenos de la Sala Superior tres cajas que contenían los supuestos acordeones como prueba de la existencia y uso de estos, asimismo, presentó gráficas con datos para mostrar las coincidencias entre la participación, el uso de acordeones y los resultados de quienes resultaron ganadores como ministras y ministros.
Durante su intervención sostuvo que tras un exhaustivo estudio de las demandas, argumentos y evidencias presentadas se concluyó que sí existieron los acordeones ilegales y su distribución fue de forma deliberada, compleja, coordinada, sistemática y generalizada; además, que sí influyó en el resultado por lo que se proponía la nulidad por haberse vulnerado la equidad de la contienda y la autenticidad del voto, así como el uso de financiamiento público o privado no permitido por la ley.
Sin embargo, en el ríspido y tenso debate que se presentó, los magistrados no conformes con el proyecto desestimaron las pruebas y aseguraron que no podían anular una elección tan importante basándose solo en dichos y pruebas no solidas. En ese sentido, el magistrado Felipe Fuentes Barrera lanzó duras críticas señalando que ninguno de los argumentos presentados por Reyes Rodríguez era sostenible pues carecían de exigencia probatoria e incluso, calificó de falaz el planteamiento hecho.
Los magistrados desestimaron las pruebas y aseguraron que no podían anular una elección tan importante basándose solo en dichos y pruebas no sólidas
"Cuando se trata de anular la voluntad ciudadana no basta la estadística, se exige siempre la verdad jurídica. La propuesta carece de exigencia probatoria necesaria para una decisión de esta magnitud (…) Este proyecto ofrece un volumen artificial, pero no ofrece una convicción plena; confunde contexto con prueba, correlación con causalidad y cantidad con certeza. La nulidad exige hechos plenamente acreditados, no podemos sustituir evidencia por fórmulas estadísticas frágiles, ni convertir la duda en regla de decisión. Mi convicción es que, ante la ausencia de pruebas plenas, la única respuesta válida de este Tribunal es conservar los actos celebrados y respetar la voluntad ciudadana", aseveró.
En tanto, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, quien en la mayor parte de la discusión y de la sesión en general, se mantuvo atento a su tableta, sonriente y cómodamente recostado sobre su asiento, al intervenir también se fue sobre el proyecto al referir una serie de preguntas sobre las pruebas presentadas que, dijo, no se responden ampliamente y todo queda solo en especulaciones. Asimismo, desacreditó los acordeones presentados por el magistrado Reyes Rodríguez poniendo en entredicho su autenticidad.
"La propuesta se reduce a especulaciones, conjeturas y suposiciones sin prueba plena. En definitiva, en un sistema constitucional las sospechas no pueden sustituir a la voluntad de la ciudadanía (…) El proyecto desconoce todos los precedentes y la línea jurisprudencial de esta Sala Superior en el sentido que la nulidad de una elección debe ser la última opción a considerar pues se debe preferir la conservación de los actos celebrados y que para tener por actualizada la causal de nulidad esto debe ser determinante para el resultado de la elección", afirmó.
En su participación la magistrada presidenta, Mónica Soto Fregoso entre risas afirmó que esta era "la crónica de un proyecto anunciado o dos", al referirse al de la magistrada Janine Otálora quien también proponía la nulidad de la elección de los ministros de la SCJN.
Cuestionó los datos presentados por el magistrado Rodríguez Mondragón, así como los datos estadísticos y gráficos que compartió durante su argumentación, y calificó de atípico querer anular una elección con estadísticas complejas porque no se puede probar de otra manera.
"¿De verdad se quiere anular una elección porque se concentraron los votos en las personas ganadoras? Pues no veo cómo puedan ganar si no se concentran los votos en las personas ganadoras", señaló.
Al destacar la importancia que esta elección no sólo a nivel nacional sino también internacional, enfatizó que es el resultado de una reforma constitucional que, aseguró, han tratado de "echarla abajo". Al respecto, sostuvo que la actuación del Tribunal Electoral no era "ver cómo tirábamos el proceso electoral", sino verificar, analizar y de resolver los conflictos que se presentaban en el desarrollo de este inédito proceso.
"Si no hemos entendido que es producto de una decisión ciudadana, no vamos a pasar de la etapa de la negación; no vamos a poder aportar a un mejor diseño, a una mejor visión que fortalezca nuestra democracia El Tribunal no tiene una varita mágica para tirar con una sentencia que no tiene pruebas válidas, el Estado de Derecho que hoy impera en México", refutó.
Ante esta validación, las y los ministros electos podrán rendir protesta el próximo 1 de septiembre en el Senado de la República y así dar inicio a una nueva etapa en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
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