Martín Aguilar
Los principios que rigen el proceso del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCF) en México incluyen oralidad, inmediación, concentración, publicidad, igualdad procesal, colaboración, lealtad procesal, y el interés superior de la niñez, entre otros sistemas de justicia más ágil, transparente y protector para las partes involucradas.
Durante la transmisión de la Voz Judicial, conducido por Rosalía Buaun y Lino Calderón, tuvieron como invitado al Magistrado de la Primera Sala Civil, Lic. Marco Antonio Velasco Arredondo
Velasco Arredondo detalla los principios más importantes del (CNPCF) como son:
Oralidad: Los procesos se desarrollarán principalmente a través de audiencias orales, promoviendo una mayor interacción directa entre los jueces y las partes.
Publicidad: Las audiencias serán públicas para permitir la transparencia del proceso, aunque se contemplan excepciones para casos que justifiquen la confidencialidad.
Igualdad Procesal: Se asegura que todas las partes tengan las mismas oportunidades para presentar sus argumentos y defenderse.
Inmediación: El juez debe estar presente en todas las audiencias, presenciando directamente el desahogo de pruebas y la interacción de las partes.
Contradicción: Las partes tienen el derecho de debatir y confrontar los argumentos y pruebas presentadas por la contraparte.
Continuidad: Las audiencias se llevarán a cabo de manera ininterrumpida, permitiendo la resolución de los conflictos en el menor tiempo posible.
Concentración: Se busca desahogar la mayor cantidad de actuaciones procesales en una sola audiencia o en el menor número de diligencias.
Acceso a la Justicia: Toda persona tiene derecho a acudir ante la autoridad jurisdiccional para solicitar la protección de sus derechos, y la autoridad tiene la obligación de atender sus peticiones.
Interés Superior de la Niñez: En todos los procedimientos familiares, se dará prioridad a la protección y el interés de los menores de edad.
Perspectiva de Género: Se introduce esta perspectiva para asegurar que los procedimientos consideren las diferencias de género y eviten la discriminación.
Según el magistrado, estos principios buscan agilizar y transparentar los procesos, garantizando un trato equitativo y la adecuada protección de los derechos de las partes, especialmente los más vulnerables.
Señaló que, el CNPCF, aunque mantiene estructuras conocidas, el nuevo código introduce principios renovados como la oralidad, inmediación, publicidad, acceso a tecnologías, tutela de derechos humanos y un enfoque más ágil y accesible para los justiciables.
Velasco Arredondo afirmó que Uno de los cambios más destacados es la implementación de procesos más cortos y eficaces, que buscan reducir el tiempo de resolución y facilitar una mejor intervención del juez, quien ahora deberá presidir directamente las audiencias.
Agregó que un aspecto innovador del nuevo código es la introducción formal de la teoría del caso, retomada del derecho anglosajón. Ahora se contemplan alegatos de apertura y de clausura, lo que exige a las y los litigantes una mejor preparación en técnicas de argumentación, lógica jurídica y retórica.
Dicho enfoque fortalece la calidad del litigio y la capacidad de las partes para defender eficazmente sus intereses.
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