DOF da a conocer sanciones penales de hasta siete años de cárcel a quien tome casetas

Rebeca Marín

El Diario Oficial de la Federación publicó este martes la reforma a la Ley de Vías Generales de Comunicación, que sanciona con hasta 7 años de cárcel a quien toman caseta y cobre ilegalmente los servicios de peaje.

 

La reforma al artículo 533 de dicha ley establece que las sanciones van de 3 meses a 7 años de prisión, con multas de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, es decir de 9 mil 622 a 48 mil 110 pesos.

 

La sanción también aplicará para quienes interrumpan la construcción de dichas vías, que interrumpan total o parcialmente, o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación.

 

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

Hace una semana se informó que Caminos y Puentes Federales (Capufe) perdió más de 4 mil 999 millones de pesos por la toma de casetas realizadas por los integrantes del Movimiento Libre Tránsito, las comunidades del pueblo yaqui y otros grupos sociales en Sonora entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2021.

 

El Movimiento Libre Tránsito, una agrupación creada en 2017, e integrantes del pueblo yaqui sitiaron más de 7 mil 648 veces las casetas de cobro ubicadas en la Estación Don-La Jaula, Fundición, Esperanza, Guaymas, Hermosillo y Magdalena de Kino de la carreta de la Carretera Federal 15.

 

La toma de casetas comenzó a cobrar fuerza en enero de 2017, como una manifestación de rechazo a un incremento en el precio de los combustibles decretado por José Antonio Meade, secretario de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y ex candidato presidencial por el PRI, PVEM y Panal. 


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