Fwd: La Voz Judicial/Juzgados civiles de cuantía menor, comprometidos con la sociedad

Martín Aguilar

 

En los juzgados se llevan a cabo juicios ejecutivos mercantiles en que la suerte principal demandada sea inferior a la suma de $682,546.89 (Seiscientos ochenta y dos mil quinientos cuarenta y seis pesos 89/100 M.N.), referida en los artículos 1339 y 1340 del Código de Comercio, misma que fue actualizada de conformidad con el Acuerdo de la Secretaría de Economía

 

Durante el programa, La Voz Judicial, conducido por Rosalía Buaun y Tony Mancuso, acompañados por el Director General de las revistas, Cúspide y Liberal Metropolitano, Lino Calderón y como invitado, estuvo el magistrado del TSJCDMX, Roberto Martínez González. 


Martínez González, señala que en los Juzgados de lo Civil de Cuantía Menor se llevan a cabo s juicios ejecutivos mercantiles en que la suerte principal demandada sea inferior a la suma de $682,546.89 (Seiscientos ochenta y dos mil quinientos cuarenta y seis pesos 89/100 M.N.), referida en los artículos 1339 y 1340 del Código de Comercio, misma que fue actualizada de conformidad con el Acuerdo de la Secretaría de Economía publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 30 de diciembre de 2019, y el Acuerdo 36-47/2019 del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de la Ciudad de México, sin tomar en cuenta los accesorios reclamados a la fecha de presentación de la demanda.

 

Dijo que solo hay 13 juzgados en la CDMX y no se llevan a cabo todavía juicios orales, ya que la recepción de demandas iniciales en materia de Cuantía Menor, para asignación de Juzgado por estricto control de turno, se llevarán en la dirección que marque el juez, al igual la recepción de escritos de término en materia de Cuantía Menor.  

 

El magistrado afirmó que la diferencia entre las demandas de "menor cuantía" y las de "mayor cuantía" es tal vez la información más importante que se necesita saber sobre el proceso legal. Comprender estas diferencias importantes lo ayudarán a preparar y presentar su caso en el Tribunal de Distrito.

 

Dijo que las demandas de menor cuantía se consideran un "procedimiento especial", esto significa que los tribunales de distrito fijan un día o una hora en particular para casos de demandas de menor cuantía.

 

Martínez González, afirmó que los tribunales de distrito también pueden fijar una ubicación para la lista de casos de demandas de menor cuantía si hay más de una ubicación del Tribunal de la CDMX

 

Señaló que los casos de las demandas de cuantía mayor, los programa el Tribunal de Distrito demandas de mayor cuantía para que se conozcan durante la semana en el horario regular del tribunal.

 

Los juzgados de cuantía menor donde jueces de paz, en materia civil, de los juicios cuya cuantía no exceda de 182 veces el salario mínimo diario general vigente en la CDMX, a excepción de todo lo relativo a la materia de arrendamiento de inmuebles que será competencia de los jueces de primera instancia.

 

Añadió que de acuerdo a la cantidad que se llevará en cada caso, es como un juez determinará en qué juzgado se llevará el juicio, ya sea de cuantía menor o mayor, dependiendo también de los mandatos judiciales que determine el juez. 


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